Ciudad de México.- La Cámara de Diputados federal aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen a la minuta que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales, y lo remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
En lo particular fue ratificado por 254 votos a favor, 204 en contra y cero abstenciones y, en términos de dictamen, luego de desahogar las reservas promovidas por diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC, PRD y sin partido.
Para lo particular se reservó la denominación del proyecto de decreto, proemio, metodología, antecedentes, contenido y objeto de la minuta, consideraciones y texto normativo del dictamen, a los artículos 129, 148 y único transitorio, así como a la leyenda “Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 23 días del mes de abril de 2024”.
Con lo remitido al Ejecutivo se adiciona un último párrafo al artículo 148 para delimitar los efectos de la suspensión, al establecer que “tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.
En el artículo 129 se eliminó el último párrafo que dice “el órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aun cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”.
El documento precisa que en 2011 tuvo lugar la reforma constitucional de derechos humanos, misma que creó una nueva cultura de derechos humanos, poniendo al centro la dignidad de las personas. Es así que el juicio de amparo encontró la posibilidad de ampliar su universo de protección, siendo clara una mayor y mejor seguridad para con los derechos humanos.
La misma amplió la visión de que el juicio de amparo únicamente protege los derechos estrictamente individuales y exclusivos, ya que actualmente puede utilizarse para proteger derechos con una naturaleza más compleja.
Además, destaca que el juicio de amparo no debe ser utilizado como un mecanismo que limite el actuar y la función de un Poder constituido en detrimento de otro.
Conforme al principio de relatividad de las sentencias de amparo, el resultado de las sentencias solo tendrá efectos para la persona o personas que promovieran el juicio y en relación con los actos reclamados en él en consecuencia. Aquellos individuos que no participan como quejosos en la demanda de amparo no serán protegidos por la decisión del órgano jurisdiccional con relación a la inconstitucionalidad.
Las suspensiones provisionales o definitivas, entendidas como un estudio previo en el que se considera la apariencia del buen derecho y la no afectación del interés social, solo deben tener efectos para la parte quejosa, es decir, la persona que acude a la instancia del amparo. Esta no debe tener efectos generales. El juicio de amparo parte de la contradicción entre las partes y la norma que se le aplica, que únicamente afecta de manera jurídica a las personas que llegan a esta instancia.
PRD recurrirá a la SCJN
El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) recurrirá a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para preservar el recurso legal del amparo al que tienen derecho las y los mexicanos, anunció el coordinador de la bancada, Francisco Huacus Esquivel.
Adelantó que presentarán ante la Corte una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución en materia de suspensiones con efectos generales.
En un comunicado señaló que Morena y sus aliados pretenden eliminar la protección a la ciudadanía, planteando una reforma inconstitucional que la SCJN dejará sin efecto, ya que “prácticamente están eliminando la única herramienta que tenemos para la protección instantánea y temporal de nuestros derechos.
“Esta iniciativa nos pone a un paso de la tiranía, donde las y los mexicanos no podamos defendernos de actos arbitrarios de la autoridad o leyes que lesionen nuestros derechos”, dijo.
Enfatizó en que se pretende eliminar las garantías individuales de los ciudadanos, “porque quieren que el pueblo no se queje, que no levante la voz.
“Para los que no saben, nuestro país está sustentado en una división de poderes, con pesos y contrapesos, y ustedes han convertido, lastimosamente, a este Poder Legislativo en una simple ‘oficialía de partes’ del Ejecutivo Federal”, lamentó.
A su vez, la vicecoordinadora de la bancada perredista, Elizabeth Pérez Valdez, explicó que el juicio de amparo es la aportación de México al derecho internacional siendo adoptado por diversos países, y sirvió como base para la declaración universal de los derechos humanos.
Expuso que los amparos que pretenden eliminar “son el único mecanismo jurídico que ha frenado los ecocidios orquestados por este gobierno en el sur del país. Hoy buscan quitarnos esa protección que obliga a la autoridad a apegarse a la justicia, respetando los derechos tanto colectivos como individuales”.
Recalcó que la ruta del oficialismo es evidente: “intentar reventar a la Suprema Corte de Justicia y desestabilizar al Poder Judicial para que nada les impida robarse el dinero de las y los mexicanos”.