San Raymundo Jalpan, Oax.- El Congreso del Estado reformó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado para reconocer y salvaguardar el derecho al sufragio activo de las personas ciudadanas recluidas bajo la medida cautelar de prisión preventiva.
En sesión ordinaria, con 29 votos a favor, se suprime de la normatividad local aquellas restricciones automáticas que impedían ejercer el voto a personas sujetas a un proceso penal pero que aún no cuentan con una sentencia condenatoria firme, garantizando así el trato de inocencia debido a toda persona en tanto no se declare su culpabilidad jurídica.
La acción legislativa da cumplimiento a los parámetros de regularidad constitucional y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
La reforma modifica puntualmente el artículo 12 de la mencionada Ley local, con la derogación de las fracciones I y IV de su numeral 2. Con ello se establece formalmente que el ejercicio del voto activo en la entidad solo podrá restringirse cuando exista una resolución judicial firme y ejecutoriada que suspenda explícitamente los derechos político-electorales del ciudadano.
El dictamen con proyecto deddecreto tuvo su origen tras la iniciativa de las y los diputados Dulce Belén Uribe Mendoza, Tania López López, Lizbeth Anaid Concha Ojeda, Iván Osael Quiroz Martínez y Oliver López García.
La Comisión dictaminadora determinó la viabilidad material y jurídica de la propuesta, argumentando que la sola privación cautelar de la libertad no debe equipararse anticipadamente a una sanción penal ni anular las prerrogativas ciudadanas esenciales.
La legisladora Uribe Mendoza dijo que reconocer el voto de las personas en prisión preventiva no es debilitar la justucia ni la seguridad pública, es fortalecer el estado de derecho, es decirle a cada persona sin excepción que “en Oaxaca la culpa se determina con pruebas y con sentencia, nunca con la sola sospecha ni con la privación de la libertad”.