Ciudad de México.- Con un 99.6 por ciento de recursos de revisión desechados, Transparencia para el Pueblo, creado hace casi tres meses por el Gobierno morenista tras desaparecer al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ha generado alertas en materia de derechos humanos al poner en evidencia el retroceso en la garantía del derecho de acceso a la información pública en el país.
La institución que inició funciones el 12 de mayo de este año quedó facultada para resolver los recursos interpuestos por ciudadanos que no recibieron respuesta a sus solicitudes de información por parte de dependencias federales. Según documentó la organización civil Artículo 19, dedicada a la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información, de los dos mil 253 recursos recibidos, Transparencia para el Pueblo resolvió 457 y desechó el 99.6 por ciento.
«Esta información pudiera estar reflejada de forma incorrecta por parte de la propia institución, ya que algunos registros no corresponden a lo que señala el contenido de las resoluciones», indicó la organización civil, en un comunicado; sin embargo, indicó, las razones expuestas por Transparencia para el Pueblo para desechar la mayoría de los recursos de revisión han sido, en su mayoría, de carácter estrictamente formal.
Entre los principales argumentos está el supuesto incumplimiento de requisitos legales o la falta de respuesta de los solicitantes a los avisos o requerimientos emitidos durante el proceso. Estas justificaciones pueden consultarse en el portal oficial del organismo, en la sección Transparencia Para el Pueblo–Resoluciones de Acceso a la Información Pública, donde se detalla cada caso.
No obstante, advierte Artículo 19, este enfoque formalista y burocrático ha dejado en situación de total indefensión a las y los solicitantes, ya que Transparencia para el Pueblo no ha ofrecido mecanismos de orientación adecuados para que las y los interesados puedan subsanar los errores señalados y continuar con el proceso.
«En lugar de actuar con un enfoque garantista y accesible, Transparencia para el Pueblo ha optado por una interpretación rígida de la norma, desatendiendo su obligación de facilitar el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información. La autoridad revisora tiene la obligación de suplir la deficiencia de la queja, evitando desechamientos por razones formales y debiendo priorizar la garantía de los derechos de las personas, según lo señalan los artículos 148 y 169 de la propia legislación en la materia», indicó.
Mientras que el extinto órgano autónomo se caracterizaba por actuar con independencia del poder político y por adoptar decisiones orientadas a garantizar el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información, Transparencia para el Pueblo opera bajo la estructura del Poder Ejecutivo, lo que compromete gravemente su imparcialidad. Esta subordinación institucional no solo debilita su autonomía, sino que también limita su capacidad de actuar como contrapeso frente a las dependencias gubernamentales que niegan la información.
Como resultado, sus resoluciones han mostrado una tendencia preocupante a favorecer los argumentos de los sujetos obligados, en lugar de adoptar un enfoque pro persona y de interpretación progresiva de los derechos, como lo establece el marco constitucional y el sistema interamericano de derechos humanos. Esta lógica funcional, más alineada con los intereses del gobierno que con la protección de los derechos de la ciudadanía, no solo restringe el acceso a información pública, sino que profundiza la desconfianza institucional y viola los principios básicos de transparencia, rendición de cuentas y control democrático.
Esta preocupación se agrava al observar que, en al menos 23 estados del país, se han replicado esquemas similares al federal, transfiriendo las funciones de los órganos locales de transparencia a dependencias estatales como las Secretarías Anticorrupción o las contralorías de los Poderes Ejecutivos de los estados. Además, 13 entidades han incrementado las causales para reservar información, reforzando una tendencia peligrosa hacia la opacidad institucional.
El derecho de acceso a la información es una herramienta fundamental para la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la vigilancia del poder público. Su debilitamiento representa no solo un retroceso democrático, sino una vulneración directa a los derechos humanos.
Ante esta situación organizaciones y ciudadanía en general exigen que las instituciones encargadas de garantizar este derecho actúen con imparcialidad, autonomía y compromiso con la ciudadanía. El acceso a la información no es una concesión del poder, es un derecho que debe ser protegido, no obstaculizado.