Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley de Ingresos del municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, para el ejercicio fiscal 2023, en los que se preveían cobros de derechos y multas en los siguientes términos:
1.- Derechos por la búsqueda de información y expedición de copias simples de documentos no relacionados con el derecho de acceso a la información pública. Lo anterior debido a que la búsqueda implica una actividad estatal que debe ser gratuita, por lo que se violaba el principio de proporcionalidad tributaria; y, por lo que se refiere a la expedición de copias, los cobros resultaban desproporcionados, al no guardar una relación razonable con el costo de los materiales necesarios para la prestación del servicio, lo que vulneraba los principios de proporcionalidad y equidad tributarias.
2.- Sanciones económicas por pedir limosna en lugares públicos (mendicidad), lo que resultaba inconstitucional, al producir efectos discriminatorios de forma indirecta, por la situación particular de vulnerabilidad que lleva a las personas a efectuar dicha actividad.
3.- Sanción pecuniaria para la persona encargada de la guarda o custodia de un “enfermo mental”, por dejarlo trasladarse libremente en un lugar público. Ello, al considerar que la norma no cumplía con una finalidad imperiosa desde el punto de vista constitucional, pues no tenía un propósito válido e infringía el principio de igualdad y no discriminación.
4.- Infracciones por proferir injurias con palabras, actitudes o gestos hacia los espectadores que asistan a espectáculos o diversiones. Lo anterior ya que la redacción del precepto era ambigua y daba un amplio margen de discrecionalidad a las autoridades para determinar las conductas que darían lugar a la sanción, lo que violaba el principio de taxatividad, conforme al que las normas deben ser precisas.
El pleno exhortó nuevamente al Congreso de Oaxaca a que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.
La acción de inconstitucionalidad 81/2023 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Tehuantepec para el ejercicio fiscal 2023, publicada en el Periódico Oficial de Oaxaca el 21 de febrero de 2023.